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miércoles, 14 de noviembre de 2018

¿Puede el factor reducir, ampliar o anular los límites cuantitativos de riesgo individualizado de los deudores del exportador, tras haber efectuado su clasificación?

Las modificaciones en los límites de cobertura por deudor deben ser notificadas al exportador, sólo entran en vigor a partir de la citada notificación y en ningún caso deben afectar a los créditos anteriormente cedidos.
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/f053be3f-c926-4a0e-8b3d-d45de9d93329