Obstáculos al comercio internacional.
Al momento de realizar transacciones internacionales se puede encontrar con ciertos obstáculos para vender en otros países que es necesario que se conozcan, algunos se dan de manera natural como por ejemplo las restricciones geográficas pero hay otros que son creadas de manera artificiales por las políticas comerciales y proteccionistas de cada Estado estos obstáculos se conocen como barreras al comercio y pueden ser de dos clases: Barreras arancelarias y barreras no arancelarias.
Las barreras arancelarias se refieren a la imposición de impuestos a los artículos importados con el objetivo de hacerlos más caros que el producto nacional y incrementar la competitividad de los productores domésticos, este tipo de impuesto se denomina en Aduanas como Arancel.
los aranceles se clasifican en varias clases, a continuación se mencionarán cada uno.
Arancel Ad Valorem: este es cuando se impone un porcentaje fijo sobre el valor monetario de la mercancía en Aduana. Por ejemplo un 3% por cada $1000.
Arancel Específico: se establece por el volumen o cantidad de la mercancía, sin importar su valor en dinero. Por ejemplo un importador Estadounidense de un automóviles Japoneses puede exigírsele pagar al gobierno estadounidense un impuesto de$ 1000 por cada auto sin importar del precio pagado por el vehículo.
Arancel Mixto: Es el que está compuesto por un arancel Ad Valorem y un específico que graven simultáneamente la importación por ejemplo al importador de computadoras extranjeras puede exigírsele en aduana pagar $25 por cada computadora más 5% sobre el total de la mercancía.
Arancel Cupo: este es aplicado a una determinada mercancía mediante un acuerdo comercial donde si llegan a rebasar un tope determinado se deja de aplicar el arancel preferencial, por ejemplo suponga que México y Estados Unidos acordaron según acuerdo comercial aplicar un arancel preferencial de un 1% a la importación de 10,000 toneladas de maíz, pero si excediera esta cantidad el arancel aplicado al resto sería el arancel normal en la Aduana Mexicana.
Arancel Estacional: es el que se establece en determinadas temporadas del año y este se incrementa conforme la demanda aumenta. Por ejemplo para la temporada de la cosecha de frijol en El Salvador puede establecerse un impuesto a la importación del frijol extranjero para proteger a los productores nacionales.
Arancel Prohibitivo: Es un arancel que puede llegar a ser demasiado alto que hace imposible que el mercado meta sea atractivo. Por ejemplo si un país no desea que se importen zapatos pude establecer un arancel muy alto de tal manera que no desee entrar al país.
Pero existen otras barreras de tipo no arancelaria como las especificaciones técnicas, etiquetado, envase, embalaje, exigencias de que el producto presente las instrucciones de uso en el idioma del país importador, normas sanitarias o fitosanitarias para garantizar la calidad de los productos y defender a los consumidores con respecto a la salud y el medio ambiente. Por ejemplo en Japón cada producto del sector floricultor debe permanecer una muestra en cuarentena para detección de plagas.
Este tipo de barreras tratan de ser eliminadas especialmente por los países desarrollados es por eso que promueven el libre comercio y otros la evaden con prácticas desleales como el dumping, subsidios a la exportación o subvenciones.
aquí encuentras todo lo relacionado al comercio exterior, (cabe mencionar que nada de lo aquí escrito es de nuestra autora se leen varias fuentes de información y después se publica lo que se considera mas apta). nos dedicamos a recopilar información para hacer al usuario mas fácil encontrar diferentes puntos del comercio en un mismo sitio agracemos de antemano su visita
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sábado, 2 de mayo de 2015
Los incoterms
Descripción
Los incoterms (acrónimo del inglés international commercial terms, "términos internacionales de comercio") son normas acerca de las condiciones de entrega de las mercancías. Se usan para dividir los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el transporte internacional de mercancías.
El objetivo fundamental de los incoterms consiste en establecer criterios definidos sobre la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre la parte compradora y la parte vendedora en un contrato de compraventa internacional.
Categorías
Los incoterms se agrupan en cuatro categorías: E, F, C, D.
Término en E: EXW
El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en los propios locales del vendedor; esto es, una entrega directa a la salida.
Términos en F: FCA, FAS y FOB
Al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador; esto es, una entrega indirecta sin pago del transporte principal.
Términos en C: CFR, CIF, CPT y CIP
El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de costes adicionales por los hechos acaecidos después de la carga y despacho; esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal.
Términos en D: DAT, DAP y DDP
El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino; esto es una entrega directa a la llegada. Los costes y los riesgos se transmiten en el mismo punto, como los términos en E y los términos en F.
Definiciones
Actualmente están en vigor los Incoterms 2010 en 11 denominaciones:
Grupo E – Entrega directa a la salida
EXW: El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones. Todos los gastos a partir de ese momento son por cuenta del comprador.
El incoterm EXW se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o con una combinación de ellos.
Grupo F – Entrega indirecta, sin pago del transporte principal
FCA: El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen. Se hace cargo de los costes hasta que la mercancía está situada en ese punto convenido; entre otros, la aduana en el país de origen.
El incoterm FCA se puede utilizar con cualquier tipo de transporte: transporte aéreo, ferroviario, por carretera y en contenedores/transporte multimodal. Es un incoterm poco usado.
FAS: El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado del barco.
El vendedor es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportación.
El incoterm FAS sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
FOB: El vendedor entrega la mercancía sobre el buque. El vendedor contrata el transporte a través de un transitario o un consignatario, pero el coste del transporte lo asume el comprador.
El incoterm FOB se utiliza exclusivamente para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
Grupo C – Entrega indirecta, con pago del transporte principal
CFR: El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen.
El incoterm CFR sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
CIF: El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
Como en el incoterm CFR, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen.
El incoterm CIF se utiliza para cualquier transporte, pero sobre todo barco, ya sea marítimo o fluvial.
CPT: El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen.
El incoterm CPT se puede utilizar con cualquier modo de transporte incluido el transporte multimodal (combinación de diferentes tipos de transporte para llegar a destino).
CIP: El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
El incoterm CIP se puede utilizar con cualquier modo de transporte o con una combinación de ellos (transporte multimodal).
Grupo D – Entrega directa en la llegada
DAT: El incoterm DAT se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos Incoterms 2010 con DAP. Reemplaza el incoterm DEQ.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercancía se coloca en a la terminal definida. También asume los riesgos hasta ese momento.
El pago de la aduana de importación es por cuenta del comprador.
DAP: El Incoterm DAP se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos Incoterms 2010 con DAT. Reemplaza los Incoterms DAF, DDU y DES.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio) pero no de los costes asociados a la importación, hasta que la mercancía se ponga a disposición del comprador en un vehículo listo para ser descargado. También asume los riesgos hasta ese momento.
DDP: El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto convenido en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de trámite. Los gastos de aduana de importación son asumidos por el vendedor.
Cuadro de Incoterms
Los incoterms (acrónimo del inglés international commercial terms, "términos internacionales de comercio") son normas acerca de las condiciones de entrega de las mercancías. Se usan para dividir los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el transporte internacional de mercancías.
El objetivo fundamental de los incoterms consiste en establecer criterios definidos sobre la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre la parte compradora y la parte vendedora en un contrato de compraventa internacional.
Categorías
Los incoterms se agrupan en cuatro categorías: E, F, C, D.
Término en E: EXW
El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en los propios locales del vendedor; esto es, una entrega directa a la salida.
Términos en F: FCA, FAS y FOB
Al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador; esto es, una entrega indirecta sin pago del transporte principal.
Términos en C: CFR, CIF, CPT y CIP
El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de costes adicionales por los hechos acaecidos después de la carga y despacho; esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal.
Términos en D: DAT, DAP y DDP
El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino; esto es una entrega directa a la llegada. Los costes y los riesgos se transmiten en el mismo punto, como los términos en E y los términos en F.
Definiciones
Actualmente están en vigor los Incoterms 2010 en 11 denominaciones:
Grupo E – Entrega directa a la salida
EXW: El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones. Todos los gastos a partir de ese momento son por cuenta del comprador.
El incoterm EXW se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o con una combinación de ellos.
Grupo F – Entrega indirecta, sin pago del transporte principal
FCA: El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen. Se hace cargo de los costes hasta que la mercancía está situada en ese punto convenido; entre otros, la aduana en el país de origen.
El incoterm FCA se puede utilizar con cualquier tipo de transporte: transporte aéreo, ferroviario, por carretera y en contenedores/transporte multimodal. Es un incoterm poco usado.
FAS: El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado del barco.
El vendedor es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportación.
El incoterm FAS sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
FOB: El vendedor entrega la mercancía sobre el buque. El vendedor contrata el transporte a través de un transitario o un consignatario, pero el coste del transporte lo asume el comprador.
El incoterm FOB se utiliza exclusivamente para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
Grupo C – Entrega indirecta, con pago del transporte principal
CFR: El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen.
El incoterm CFR sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.
CIF: El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
Como en el incoterm CFR, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen.
El incoterm CIF se utiliza para cualquier transporte, pero sobre todo barco, ya sea marítimo o fluvial.
CPT: El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen.
El incoterm CPT se puede utilizar con cualquier modo de transporte incluido el transporte multimodal (combinación de diferentes tipos de transporte para llegar a destino).
CIP: El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
El incoterm CIP se puede utilizar con cualquier modo de transporte o con una combinación de ellos (transporte multimodal).
Grupo D – Entrega directa en la llegada
DAT: El incoterm DAT se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos Incoterms 2010 con DAP. Reemplaza el incoterm DEQ.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercancía se coloca en a la terminal definida. También asume los riesgos hasta ese momento.
El pago de la aduana de importación es por cuenta del comprador.
DAP: El Incoterm DAP se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos Incoterms 2010 con DAT. Reemplaza los Incoterms DAF, DDU y DES.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio) pero no de los costes asociados a la importación, hasta que la mercancía se ponga a disposición del comprador en un vehículo listo para ser descargado. También asume los riesgos hasta ese momento.
DDP: El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto convenido en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de trámite. Los gastos de aduana de importación son asumidos por el vendedor.
Cuadro de Incoterms
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