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miércoles, 29 de julio de 2015

métodos de valoración

Los seis métodos

En los casos en que no exista valor de transacción o en que el valor de transacción no sea aceptable como valor en aduana por haberse distorsionado el precio como consecuencia de ciertas condiciones, el Acuerdo establece otros cinco métodos de valoración en aduana, que habrán de aplicarse en el orden prescrito. En total, en el Acuerdo se consideran los seis métodos siguientes:


Método 1: Valor de transacción
Método 2: Valor de transacción de mercancías idénticas
Método 3: Valor de transacción de mercancías similares
Método 4: Método deductivo
Método 5: Método del valor reconstruido
Método 6: Método de última instancia



Otras disposiciones


El orden de aplicación de los métodos 4 y 5 podrá invertirse a petición del importador (no, en cambio, a discreción del funcionario de aduanas). El Acuerdo contiene también disposiciones sobre trato especial y diferenciado para los países en desarrollo y sobre asistencia técnica. Como este Acuerdo forma parte integrante del todo único de la OMC, todos los Miembros de la OMC son miembros del Acuerdo de la OMC sobre Valoración en Aduana.