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lunes, 1 de octubre de 2018

¿Qué consideración aduanera tienen las ventas realizadas a Ceuta y Melilla?

Ceuta y Melilla no forman parte del territorio aduanero de la Unión Europea, por lo que las operaciones comerciales tendrán el trato de exportaciones, es decir, habrá que hacer despacho de exportación y emitir el DUA correspondiente.
Por tanto, Ceuta y Melilla no forman parte del territorio aduanero de la Unión Europea, por lo que sus aduanas no están facultadas para expedir documentos EUR, que comportan una reducción o supresión de los aranceles de importación de los países firmantes del convenio.
Hay que recordar que Marruecos firmó un convenio con la Unión Europea por el cual las operaciones comerciales hay que documentarlas con un EUR para poder beneficiarlas arancelariamente y que, por otra parte, pese a la proximidad territorial, las mercancías que se desplacen de Ceuta y Melilla a Marruecos o a la inversa no podrán acogerse a este régimen.
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/1623f9bf-499b-451f-b03e-6dc873ced055