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martes, 15 de diciembre de 2015

Verificaciones de Origen en los Tratados de Libre Comercio suscritos por México


México es parte de diversos tratados de libre comercio firmados con las principales economías del mundo y es mediante los Certificados de Origen que los bienes son susceptibles de recibir un trato arancelario preferencial al momento de su importación a territorio nacional.

Las autoridades de los países parte del tratado realizan Verificaciones de Origen para comprobar que los bienes contenidos en un Certificado de Origen, cumplen efectivamente con las reglas de origen, restricciones y demás normatividad del tratado, determinando si los bienes son originarios o no de la región.

Los procedimientos para verificar el origen de las mercancías y determinar si procede o no la preferencia arancelaria se realizan en la mayoría de los tratados, mediante los siguientes métodos:

a) Cuestionarios dirigidos al exportador y/o productor
b) Visitas a las instalaciones del exportador y/o productor
c) Solicitud de verificación de origen a la autoridad del país de exportación de los bienes.

Muestra Selectiva

Dado el significativo flujo comercial entre México y los países con los que se tiene firmado un acuerdo de libre comercio, y por ende el gran número de operaciones y la distinta naturaleza de los bienes intercambiados, para realizar de manera correcta una verificación de origen se requiere en ocasiones una cantidad considerable de documentación, la cual es necesaria para acreditar el carácter originario de las mercancías.

Para efecto de lo anterior, el SAT aplicará dentro de sus procedimientos de verificación de origen el “muestreo selectivo”, a fin de determinar la documentación representativa necesaria que permita estar en aptitud de resolver correctamente dichas verificaciones de origen, haciendo menos oneroso el procedimiento al exportador.

Dado que la representatividad y volumen de la muestra selectiva se encuentra directamente relacionada con la naturaleza de las mercancías, la autoridad deberá analizar y valorar cada caso en lo particular a efecto de determinar el volumen de la documentación que deberá proporcionarse, para lo cual se solicita al exportador extranjero a quién se le está practicando un procedimiento de verificación de origen, contacte a la administración a cargo de su caso en el directorio de contactos.

Preguntas y respuestas frecuentes sobre verificaciones de origen en los tratados de libre comercio suscritos por México

1. ¿Qué es una Verificación de Origen?

Es el procedimiento realizado por la autoridad competente, para verificar que las mercancías que se importaron aplicando una preferencia arancelaria, de conformidad con los diversos tratados comerciales firmados por México, cumplan con los requisitos (Reglas de Origen) específicos establecidos en dichos tratados.

2. ¿Quién es la autoridad competente en México para llevar a cabo el Procedimiento de Verificación de Origen?

La Administración Central de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior del Servicio de Administración Tributaria.

3. ¿Por qué medios se puede recibir un cuestionario de Verificación de Origen o una propuesta de visita de Verificación de Origen?

Dependiendo el tratado pero lo más común es; mediante correo certificado con acuse de recibo o cualquier otro medio que haga constar la recepción de dicho documento por el exportador o el productor y cualquier otro medio que no haga constar la recepción de dicho documento por el exportador o el productor del bien.

4. ¿Si mi producto dice por ejemplo “Hecho en Estados Unidos” puedo tener la seguridad de que es un bien originario de ese país?

No, el simple etiquetado o marcado de un bien, no es suficiente para saber que es originario de conformidad con un tratado, además se debe cerciorar que el bien cumple con las Reglas de Origen del tratado.

5. ¿Qué es un producto (bien) originario?

Es aquel producto o bien que cumple con las Reglas de Origen establecidas en el capítulo relativo a las Reglas de Origen y demás disposiciones aplicables, dispuestas en los diversos Tratados de Libre Comercio y por lo tanto puede acceder a preferencias arancelarias.

6. ¿Qué son las Reglas de Origen?

Son aquellos requisitos, procesos productivos y restricciones, establecidos en el capítulo relativo a las Reglas de Origen dispuesto en los diversos Tratados de Libre Comercio, que los bienes deben de cumplir para considerarse originarios.

7. ¿Qué es un Certificado de Origen?

Es el formato establecido por las partes firmantes del Tratado de Libre Comercio, que servirá para que el exportador y/o productor o en su caso alguna autoridad del país de exportación, certifique y declare que un bien que se exporte de territorio de una Parte a territorio de otra Parte, califica como originario y mediante el cual se solicita el trato arancelario preferencial al momento de la importación de los bienes.

8. ¿Qué sucede cuando no se da respuesta a la propuesta de visita de Verificación de Origen o al cuestionario de Verificación de Origen?

Cada Tratado establece las consecuencias específicas, en algunos casos la no respuesta por parte del productor o exportador da lugar a la negación de trato arancelario preferencial.

9. ¿Qué actividades se realizan en la visita de Verificación de Origen?

1.- Presentación e identificación de los visitadores.
2.- Identificación de la persona designada para atender la visita y designación de testigos.
3.- Recorrido a las instalaciones de la empresa.
4.- Solicitud de información y documentación que acredite el origen de los bienes.
5.- Elaboración y firma de minutas haciendo constar los hechos acontecidos.

Sin embargo, el orden o actividades pueden variar dependiendo del bien a revisar.

10. ¿Cuál es el tiempo de respuesta a una propuesta de visita de Verificación de Origen o cuestionario?

Dependiendo del tratado; pero comúnmente son 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la recepción del oficio de propuesta de visita o cuestionario de Verificación de Origen.

11. ¿Cuando emito y firmo un Certificado de Origen, ¿qué información debo conservar y por cuánto tiempo?

La información y plazo que se debe de conservar es establecida en cada tratado y es principalmente la que demuestre que el bien es producido en territorio de una de las partes del tratado, que cumple con las Reglas de Origen del tratado y que es el mismo bien vendido y exportado a México.

12. ¿Cuando como importador me expiden un Certificado de Origen, ¿cómo puedo asegurarme de que el bien es originario?

Asegurate que tu proveedor extranjero conserve la información que demuestre que el bien es producido en territorio de una de las partes del tratado, que cumple con las Reglas de Origen del tratado y que es el mismo bien exportado a México y que esté dispuesto a conservar dicha información por el tiempo requerido en el tratado.

13. ¿Cuáles son las consecuencias de que en una Verificación de Origen se determine que los bienes no son originarios?

En caso de que se determine que los bienes no son originarios de un tratado, se les negará el trato arancelario preferencial que aplicaron al momento de su importación a México y por lo tanto el importador Mexicano deberá de cubrir todas las contribuciones, derechos y aprovechamientos omitidos y las respectivas multas, actualizaciones y recargos. En caso de que sean repetidas las ocasiones en las que un exportador certifica como originarios, bienes que en realidad no lo son, la mayoría de los tratados establecen que todos sus bienes similares exportados a México, no podrán gozar de ninguna preferencia arancelaria hasta que se demuestre que ya cumplen con los requisitos para ser originarios.

14. ¿Es posible que un importador que pretenda solicitar trato arancelario preferencial, pueda obtener alguna resolución previa a la importación de los bienes por los cuales se aplicará dicho trato arancelario preferencial?

En algunos Tratados de Libre Comercio suscritos por México, se establece la posibilidad de obtener una resolución anticipada, previo a la importación de los bienes, que permita al importador y a la autoridad corroborar que los mismos son originarios. En tal caso se deberá acudir a la autoridad y a la normatividad aplicable.

CONTACTOS

En caso de alguna pregunta o si está siendo sujeto de una verificación de origen y tiene alguna duda sobre el tipo, cantidad, volumen, forma de envío y plazos de presentación de la información que se le está solicitando, la Administración Central de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior pone a su disposición los siguientes contactos:

Administrador Central de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior

Nombre: JORGE ARTURO MILLA ORTEGA
Teléfono: 1203 -1000 Ext. 43263
Correo Electrónico: jorge.milla@sat.gob.mx
Dirección: Av. Hidalgo No. 77, Módulo IV, Cuarto Piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.

Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “1”:
Nombre: FRANCISCO DE LA CRUZ GARCÍA
Teléfono: 1203 -1000 Ext. 43243
Correo Electrónico: Francisco.delacruz@sat.gob.mx
Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “2”:
Nombre: GUILLERMO MASSIEU URQUIZA
Teléfono: 1203 -1000 Ext. 43254
Correo Electrónico: guillermo.masie@sat.gob.mx
Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “3”:
Nombre: FERNANDO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ
Teléfono: 1203 -1000 Ext. 52401
Correo Electrónico: fernando.rodriguez@sat.gob.mx
Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “4”:
Nombre: ALFREDO HERNÁNDEZ VÁZQUEZ
Teléfono: 1203 -1000 Ext. 43233
Correo Electrónico: alfredo.hernandezv@sat.gob.mx
Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “5”:
Nombre: JOSE ALFREDO RAMÍREZ FONTES
Teléfono: 1203 -1000 Ext. 43252
Correo Electrónico: jose.fontes@sat.gob.mx
Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “6”:
Nombre: JULIA MARIA ACEVES FARIAS
Teléfono: 1203 -1000 Ext. 43250
Correo Electrónico: julia.aceves@sat.gob.mx