Buscar este blog

jueves, 17 de septiembre de 2015

FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS:


- Primer reconocimiento: verificación física y documental de las mercancías
que se realiza en el recinto fiscal por los verificadores de mercancías (Ley
aduanera).
- Segundo reconocimiento: verificación física y documental de las
mercancías que se realiza en el recinto fiscal por los dictaminadores aduaneros
(Ley Aduanera).
- Verificación de mercancía de procedencia extranjera en transporte
(Ley Aduanera y Código Fiscal de la Federación).
- Visita domiciliaria (Ley Aduanera y Código Fiscal de la Federación).
- Facultades de glosa (Ley Aduanera y Código Fiscal de la Federación).