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sábado, 8 de diciembre de 2018

FACTURA COMERCIAL

Finalidad

Ingles: Comercial Invoice.
Francés: Facture Commerciale.
Es un documento administrativo que emite el vendedor al realizar la expedición de la mercancía y tiene una función de carácter contable, tanto para el vendedor como para el comprador.
Si se trata de una operación no comunitaria, el comprador necesitará siempre este documento para poder realizar los trámites aduaneros en el país de importación.
La estructura de una factura comercial no está sujeta a ningún formato y las condiciones que debe cumplir se reflejan en el BOE nº 2983 del 13 de Diciembre de 1985 y el Reglamento CEE 2454/93 y son básicamente los siguientes:
· Fecha, nombres y razones comerciales de vendedor y comprador.
· Denominación precisa y cantidad de mercancía.
· Precio unitario y total de la mercancía en la divisa pactada.
· Forma y condiciones de pago.
· Términos de entrega de la mercancía (hace referencia a los términos internacionales de negociación publicados por la Cámara de Comercio Internacional; se aconseja utilizar la versión del 2000).
· No es necesario que estén firmadas.
Además de los datos que señala el Reglamento Comunitario, deberán incluirse los siguientes:
· Número de identificación a efectos del IVA del vendedor y del comprador (en operaciones intracomunitarias).
· Referencia al pedido o factura proforma.
· Origen de la mercancía.
· Medio de transporte.
Si la factura estuviese emitida en una lengua no oficial, la aduana podrá exigir traducción oficial de la factura.

Es aconsejable indicar la partida estadística, según su codificación en el Arancel Aduanero Comunitario (TARIC) en las operaciones no comunitarias, siendo necesarias en las operaciones comunitarias.

Una característica importante en las facturas de exportación es que el importe de la venta no está sujeto a IVA, al no considerarse, según la Ley del IVA, hecho imponible las entregas de bienes fuera del territorio fiscal español.

En algunas circunstancias, generalmente impuestas por el comprador (importador), no siempre coinciden los datos consignados en la factura comercial presentadas en la aduana de origen, donde se lleva a cabo el despacho de exportación, con los datos señalados en la factura comercial remitida al comprador (importador).

Este hecho es debido a que las mercancías, mayoritariamente, tributan por su valor en aduana, es decir, derechos ad valorem. Esta circunstancia lleva a que en países donde la administración de aduanas es de dudosa reputación, los importadores, con el propósito de ingresar una menor cantidad en concepto de derechos arancelarios, presenten facturas comerciales con un menor importe.

Esta práctica, ilegal a todas luces, conlleva sanciones económicas a los importadores que la ejercen, pudiendo peligrar las ventas de la empresas exportadora en aquel país.

En determinados casos, la Factura Comercial sirve de Contrato de Venta y de forma de cobro, para lo cual debe ir firmada e incluir las cláusulas arbítrales correspondientes a los Contratos de Compraventa Internacionales.
Es recomendable hacer varios ejemplares de la Factura Comercial.
La Factura Comercial sirve para el despacho aduanero en destino y su posesión no acredita la propiedad de la mercancía.
Con el visado de la Cámara de Comercio del país del exportador puede servir como Certificado de Origen.
Puede el comprador solicitar su emisión en determinado idioma, sobre todo cuando además de la factura Comercial, se exige del Exportador la legalización consular, que unas veces se formaliza sobre la misma Factura Comercial visada por el Consulado del país importador sito en España o en el país europeo en donde esté acreditado, y otras veces consiste en un formulario en el que se hacen constar datos específicos que requieran cada país, generalmente referidos a que los precios expresados son los mismos que rigen en el mercado interior del país exportador, que la mercancía es de origen del país exportador, etc.
La expide el vendedor a nombre del comprador extranjero, para quien constituye el justificante probatorio de la propiedad del bien adquirido.
Los ejemplares pactados entre comprador y vendedor, que resumen todos los datos de la operación, se redacta en castellano para países de habla hispana, y en inglés o francés, para mejor comprensión de ambas partes, si se trata de países anglófonos o francófonos, sin perjuicio de que en ocasiones será exigencia de las Autoridades Aduaneras del país importador la presentación en su lengua oficial.
Observaciones
· Su estructura no está sujeta a modelo.
· No es necesario que estén firmadas.
· Salvo dispensa por el Administrador de la Aduana, deberán reflejar los siguientes datos:
- Fecha, nombre y razones sociales de vendedor y comprador
- Cantidad, denominación precisa, precio unitario y total de la mercancía, así como forma y condiciones de pago.
- Términos de entrega de la mercancía. Aunque no se exigen específicamente es muy útil emplear los INCOTERMS 2000.
- La Aduana podrá exigir traducción oficial de las facturas que no estén redactadas en castellano.
- Podrá aplazarse su presentación en los casos de rápido despacho o fuerza mayor.
La Factura Comercial debe completarse con las instrucciones del cliente o las exigencias del país de destino (referencias a licencias, certificados etc.).
Los datos contenidos en la Factura Comercial deben ser concordantes con los reflejados en los demás documentos solicitados para una misma operación de compraventa, aunque en éstos puede haber menos detalle, y con los términos expresados en la licencia o documento aduanero de exportación.

Emisores Competentes

Empresa vendedora
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/documentos-importacion-exportacion/-/documentos-importacion-exportacion/98ea24ed-1974-4b1d-b39b-04c340c50a70/137c0c86-5861-47d7-8935-faf82a77f368