Buscar este blog

sábado, 8 de diciembre de 2018

SOLICITUD DE APERTURA DE CRÉDITO DOCUMENTARIO

Finalidad

Se trata de la solicitud que hace el importador al Banco Emisor una vez ha acordado con el exportador el pago mediante Crédito Documentario.
Banco Emisor: banco elegido por el Importador. Confecciona y realiza la apertura del Crédito. Paga el crédito si se cumplen las condiciones exigidas en el mismo. Es el banco del Importador. La última versión de las Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios (UCP 600), revisión de 2007, publicada por la Cámara de Comercio Internacional lo describe como " el banco que emite un crédito a petición de un ordenante o por cuenta propia".
Banco del Exportador: Sólo interviene a solicitud del Exportador o del banco Emisor y dependiendo de las actividades que realice tendrá distintos nombres, siendo su función básica la de banco Notificador o avisador. Según las UCP es " el banco que notifica el crédito a petición del banco emisor".
El Banco Emisor solicita a otro banco (banco Avisador) habitualmente situado en el mismo país que el Exportador, que notifique o confirme el crédito.
Banco Avisador notifica al Exportador la emisión de un crédito Documentario a su favor.
Cuando un exportador recibe la notificación de que han abierto a su favor un Crédito Documentario, debe revisar si las condiciones del mismo son acordes con lo pactado con el comprador. El Exportador debe tener en cuenta que si no puede cumplir alguna de las condiciones del crédito no tendrá derecho alguno a recibir el pago global o parcialmente, por lo que es fundamental que revise exhaustivamente el condicionado para saber si está o no capacitado para cumplir sus obligaciones.

Una vez que el Banco Emisor tiene en su poder la Solicitud de Apertura de Crédito Documentario, estudia el riesgo de la operación solicitada y, si la aprueba, procede a la Apertura del Crédito.

Existen costes distintos dependiendo de cada uno de los bancos y de la relación comercial que mantienen con sus respectivos clientes.

Existe comisiones por aviso. Confirmación. Pago diferido. Modificación. Transferencia. Cancelación. Todo ello según tarifa de cada entidad.

Los bancos presentan al Banco de España las distintas tarifas propuestas y éste tras un estudio de las mismas y siempre y cuando no se consideren que vulneran la ley de competencia desleal dará el visto bueno. A partir de ahí los diferentes bancos negocian con sus clientes los costes, aplicando mayores o menores descuentos según la política establecida en el banco.

Pago directo: El exportador español que recibe la Notificación de un crédito a través de un Banco nacional deberá pagar una comisión de notificación.

Existe un segundo caso, en el que el banco Emisor, por orden del Importador, para directamente al Banco Avisador la comisión de notificación. En este último caso existiría un Pago Indirecto por parte del Importador a su banco Emisor.

En el segundo caso cobra directamente el Banco Avisador e Indirectamente el banco Emisor.
Los modos de transmisión disponibles son:
Teles.
Swift: Se basa en la red que forman todos los ordenadores conectados a dicho sistema situados en cada banco, por lo que se trata de un sistema rápido y seguro. Prácticamente la mayoría de las órdenes de pago internacionales se realizan por esta vía.
Fax.
EDI (Transmisión electrónica de datos)

El Crédito Documentario está regulado por las “Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentariosde la CCI de París (revisión de 2007, publicación nº 600). Son de aplicación desde 1 de julio de 2007.

Excluye todo compromiso y responsabilidad legal directa por parte de los Bancos Intervinientes, en todo lo concerniente a la aceptación. Los bancos ejecutan los mandos.

Emisores Competentes

Banco Emisor (banco del ordenante), que, según se define en las UCP 600, es el "banco que emite un crédito a petición de un ordenante o por cuenta propia".
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/documentos-importacion-exportacion/-/documentos-importacion-exportacion/98ea24ed-1974-4b1d-b39b-04c340c50a70/bf770793-5cb8-4ec6-959c-c48177118504