Finalidad
Régimen que permite manipular mercancías transformándolas en su especie o estado, antes de pagar derechos o impuestos, para después ser despachada en su nuevo estado.
Para toda clase de mercancías:
- Transformación en muestras.
- Reducción a desperdicios o desechos.
- Destrucción.
- Desnaturalización.
- Recuperación de partes o elementos.
- Separación y/o destrucción de partes averiadas.
- Remedio de efectos de averías surgidas.
- Manipulaciones usuales que no modifiquen la
naturaleza de la mercancía.
Se concede la autorización aduanera previa solicitud presentada en la aduana correspondiente, pudiéndose exigir, garantía por la Autoridad Aduanera, que cubra la diferencia de impuestos (derechos arancelarios, IVA, IIEE...) entre los de la mercancía antes y después de ser transformada.
- Despacho a libre práctica.
- Exportación.
- Destrucción con intervención aduanera.
- Abandono a favor del Tesoro.
Emisión temática admitida por BOE 24 de Julio 2003, tanto para RPP como RPA (Suspensión - Reintegro)
Emisores Competentes
Aduana Importación
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/documentos-importacion-exportacion/-/documentos-importacion-exportacion/ab7cc2ee-63dd-47fa-863f-e923a81b7769/051c1d16-9a43-4210-ac8d-ea425527100a