Finalidad
El contrato de transporte internacional de mercancías por carretera viene regulado en el Convenio CMR, suscrito en Ginebra el 19 de Mayo de 1.956 y ratificado por España en 1.974.
Este Convenio se aplica a todo los contratos de transporte público de mercancías por carretera en los que el lugar de carga de la mercancía y el lugar previsto para la entrega estén situados en dos países diferentes, si uno al menos de estos países es firmante del Convenio.
Están excluidos de su aplicación los siguientes:
1. Transportes postales internacionales.
2. Transportes funerarios.
3. Transportes de mudanzas.
La carta de porte, conocida como carta de porte CMR, se expedirá en cuatro ejemplares originales, firmados por el remitente y el transportista.
1. El primer ejemplar queda en poder del remitente.
2. El segundo acompañará a las mercancías.
3. El tercero quedará en poder del destinatario.
4. El cuarto debe ser devuelto al remitente una vez firmado y sellado el destinatario.
Si la mercancía se transporta en más de un vehículo, o se trata de varias mercancías diferentes, el transportista tiene derecho a exigir tantas cartas de porte como vehículos utilice o lotes de mercancía transporte.
En la carta de porte se harán constar una serie de indicaciones tales como:
· Lugar y fecha de su redacción.
· Nombre y domicilio del remitente.
· Nombre y domicilio del transportista.
· Lugar y fecha de carga y lugar previsto de entrega.
· Nombre y domicilio del destinatario.
· Número de paquetes e identificación de los mismos.
· Cantidad transportada.
· Precio y gastos del transporte.
· etc.
Es necesario que se expida una carta de porte CMR por cada expedición que integre el vehículo, permitiéndose una sola carta de porte CMR si la carga se ha realizado en régimen completo.
En cuanto a créditos documentarios, está regulado en el art. 28 de la Publicación 500 de la CCI, Relativa a las Reglas y Usos Uniformes.
Emisores Competentes
El Convenio CMR establece que cualquiera de las partes podrá aportarlo, es decir Porteador (transportista o su agente) o expedidor (normalmente vendedor).
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/documentos-importacion-exportacion/-/documentos-importacion-exportacion/ba265d48-1afd-4ee7-9b0e-2888f87ef858/c815f474-1ab5-469f-b3fd-5858fca2117c