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viernes, 7 de diciembre de 2018

DECLARACIÓN SUMARIA PARA EL TRÁFICO AÉREO

Finalidad

Recopilación de la información de toda la carga aérea.

Las mercancías deberán estar suficientemente descritas, de forma que sean identificables. En los supuestos en que varias mercancías para las que se haya contratado el transporte de manera independiente hayan sido agrupadas en un único título de transporte («Master Airway Bill»MAWH), se entenderá que la declaración sumaria no es completa hasta que haya sido declarada la desagregación del grupaje y los datos específicos de los títulos de transporte domésticos («House Airway Bill»HAWB), y, hasta tanto la Aduana no disponga de esa información, no podrá solicitarse destino aduanero ni cambio de ubicación para la citada mercancía.

Cuando se trate de mercancía sin valor comercial o de escaso valor económico con derecho a la franquicia de derechos de importación prevista en los títulos Vi y VH del Reglamento (CEE) 918/83 del Consejo, de 28 de marzo, relativo al establecimiento de un régimen comunitario de franquicias aduaneras, y se haga constar expresamente en la declaración sumaria mediante la clave prevista en el anexo II de esta Orden, se dispensará de presentación de declaración para su despacho a libre práctica y a consumo.

En el caso de que alguna de las mercancías venga amparada en un documento de tránsito, constituyendo éste la declaración sumaria según lo previsto en el artículo 183.3 del Reglamento (CE) 2454/93 de la Comisión, dicha mercancía será incluida, asimismo, en la declaración sumaria correspondiente al medio de transporte utilizado. El documento de tránsito, así como cualquier otro documento aduanero o de Impuestos Especiales de circulación, deberá presentarse en la Aduana a la llegada de la mercancía.
Emisores Competentes

La compañía aérea responsable del medio de transporte es la obligada a presentar la declaración sumaria.
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/documentos-importacion-exportacion/-/documentos-importacion-exportacion/ba265d48-1afd-4ee7-9b0e-2888f87ef858/3f340e89-0c2e-4aa4-823e-2f4fc45a2f18