Objetivos del contrato
Se utilizan para distribuir los productos de una de las empresas en el país de la otra, es un método de exportación.
Las empresas padres aportarán capital, personal, tecnología, etc., y participarán en la toma de decisiones estratégicas. Compartirán las inversiones y los riesgos, pero también los resultados de la nueva empresa. Se trata de poner en común los conocimientos, la experiencia, y los medios de varias empresas para reducir la competencia y poder estar presentes simultáneamente en varios mercados. Así, una empresa española puede valerse de la capacidad de comercialización de una empresa extranjera para introducir sus productos en el país de la segunda y a cambio ésta se valdrá a su vez de la capacidad de comercialización de la empresa española para colocar sus productos en España. Gracias a ellas, se produce una mejor asignación de recursos al utilizar canales de distribución que ya existen en lugar de tener que crear unos nuevos.
Las joint ventures son una forma de colaboración a corto plazo, tienen una duración de entre uno y tres años después de los cuales se puede proceder a métodos de cooperación más integrados o estrechos.
Las empresas conjuntas pueden clasificarse de distintas formas:
-Pueden ser horizontales, cuando se realizan entre competidores directos y la empresa creada se sitúa en el mismo sector; o verticales, si es creada por empresas que serán proveedores o clientes de la nueva.
-Igualitarias, si los socios poseen el mismo poder de influir en la toma de decisiones de la empresa; o mayoritarias, si uno posee mayor poder que el otro.
Nacionales o internacionales, etc.
Las empresas padres aportarán capital, personal, tecnología, etc., y participarán en la toma de decisiones estratégicas. Compartirán las inversiones y los riesgos, pero también los resultados de la nueva empresa. Se trata de poner en común los conocimientos, la experiencia, y los medios de varias empresas para reducir la competencia y poder estar presentes simultáneamente en varios mercados. Así, una empresa española puede valerse de la capacidad de comercialización de una empresa extranjera para introducir sus productos en el país de la segunda y a cambio ésta se valdrá a su vez de la capacidad de comercialización de la empresa española para colocar sus productos en España. Gracias a ellas, se produce una mejor asignación de recursos al utilizar canales de distribución que ya existen en lugar de tener que crear unos nuevos.
Las joint ventures son una forma de colaboración a corto plazo, tienen una duración de entre uno y tres años después de los cuales se puede proceder a métodos de cooperación más integrados o estrechos.
Las empresas conjuntas pueden clasificarse de distintas formas:
-Pueden ser horizontales, cuando se realizan entre competidores directos y la empresa creada se sitúa en el mismo sector; o verticales, si es creada por empresas que serán proveedores o clientes de la nueva.
-Igualitarias, si los socios poseen el mismo poder de influir en la toma de decisiones de la empresa; o mayoritarias, si uno posee mayor poder que el otro.
Nacionales o internacionales, etc.
Características del Contrato
Las disposiciones contractuales que reglamentan el funcionamiento de una Joint-Venture están contenidas generalmente en un acuerdo marco en el que es necesario que se definan las condiciones de explotación, el plan de financiación y la administración de la sociedad.
En lo referente a las condiciones de explotación se deben incluir las cláusulas referentes a las distintas aportaciones de los socios bajo forma de dinero, maquinaria, equipos, instalaciones, patentes, marcas, know-how, etc. Así como los compromisos necesarios para su correcta puesta en marcha, como prestaciones de asistencia técnica, aprovisionamiento de materias primas, subconjuntos, materias auxiliares e inicio de la comercialización.
El plan financiero define las necesidades de capitales fijos y curculantes, su fuente de obtención, las garantías a prestar, todo ello referido a un período de no menos de tres años; la política de amortizaciones; la política de reparto de beneficios; y la política de nuevas inversiones.
En la administración de la compañía se define la composición de sus órganos y la forma en que serán tomados los acuerdos, previendo quorum especiales para la toma de decisiones que afecten la continuidad de la joint-venture.
El acuerdo marco se integra, posteriormente, en los documentos de la sociedad mixta: la formalización de la escritura pública incrita en el Registro Mercantil, en los países que siguen la norma continental europea, y el "memorandum of activities" y los "articles of association" en los países que se adaptan al sistema sajón, en los que se obtiene un "certificate of incorporation", documento similar a la escritura pública, que permite el comienzo de la actividad social y, particularmente, la firma de contratos de suministro de equipos, asistencia técnica y cesión de know-how entre la joint-venture y el socio extranjero.
La joint-venture no está regulada de manera específica por ninguna de las legislaciones de los países miembro de la Unión Europea. Sin embargo, a nivel supranacional, se beneficia de una exención en caso de aplicarse las normas sobre los acuerdos restrictivos de la competencia, y frecuentemente de una decisión de compatibilidad en virtud de las normas de control de las concentraciones.
En lo referente a las condiciones de explotación se deben incluir las cláusulas referentes a las distintas aportaciones de los socios bajo forma de dinero, maquinaria, equipos, instalaciones, patentes, marcas, know-how, etc. Así como los compromisos necesarios para su correcta puesta en marcha, como prestaciones de asistencia técnica, aprovisionamiento de materias primas, subconjuntos, materias auxiliares e inicio de la comercialización.
El plan financiero define las necesidades de capitales fijos y curculantes, su fuente de obtención, las garantías a prestar, todo ello referido a un período de no menos de tres años; la política de amortizaciones; la política de reparto de beneficios; y la política de nuevas inversiones.
En la administración de la compañía se define la composición de sus órganos y la forma en que serán tomados los acuerdos, previendo quorum especiales para la toma de decisiones que afecten la continuidad de la joint-venture.
El acuerdo marco se integra, posteriormente, en los documentos de la sociedad mixta: la formalización de la escritura pública incrita en el Registro Mercantil, en los países que siguen la norma continental europea, y el "memorandum of activities" y los "articles of association" en los países que se adaptan al sistema sajón, en los que se obtiene un "certificate of incorporation", documento similar a la escritura pública, que permite el comienzo de la actividad social y, particularmente, la firma de contratos de suministro de equipos, asistencia técnica y cesión de know-how entre la joint-venture y el socio extranjero.
La joint-venture no está regulada de manera específica por ninguna de las legislaciones de los países miembro de la Unión Europea. Sin embargo, a nivel supranacional, se beneficia de una exención en caso de aplicarse las normas sobre los acuerdos restrictivos de la competencia, y frecuentemente de una decisión de compatibilidad en virtud de las normas de control de las concentraciones.
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