La renovación podrá realizarse anualmente puede realizarse con 30 días naturales de anticipación a la fecha de vencimiento, el código CAAT se conserva, la vigencia que se otorga es por un año.
Requisitos
- N/A
Datos
- Nombre del Director General, en caso de personas morales.
Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única.
https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/Ayuda/SHCP/RCAATrasn/rgaatan/argvig.html