El tramite es para empresas que cuenten con algún Programa de Promoción Sectorial y requieran importar definitivamente mercancías de la Regla 8a. bajo las fracciones arancelarias de la Partida 98.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, tales como insumos, materiales, partes, componentes, maquinaria y equipo, inclusive material de empaque y embalaje y, en general, aquellos para la elaboración de los productos finales establecidos en el Decreto que establece diversos Programas de Promoción Sectorial .
Requisitos
- Reporte de contador público registrado dirigido a la DGCE de la SE, que certifique lo siguiente:- I) Domicilio fiscal de la empresa;- II) La capacidad instalada de procesamiento del(los) producto(s) solicitado(s) por la empresa;- III) Consumos del (los) insumo(s) solicitado(s) de producción nacional e importado durante el año anterior o desde el inicio de su operación cuando éste sea menor a 12 meses adquiridos por el solicitante, y- IV) Producto(s) a fabricar con el(los) insumo(s) solicitado(s).
- Documentos complementarios
Datos
Datos de la solicitud
- Régimen
- Clasificación de régimen
- Categoría del producto
- Descripción de la mercancía
- Fracción Arancelaria
- Unidad de medida
- Cantidad solicitada
- Cantidad autorizada
- Valor factura USD solicitado
- Valor factura USD Autorizado
- Esquema R8
- País
- Justificación y beneficio que se obtiene
- Observaciones
- Entidad Federativa
- Representación Federal
- Número Prosec
Partidas de mercancía
- Cantidad de mercancía solicitada
- Cantidad de mercancía autorizada
- Unidad de medida
- Fracción Arancelaria
- Descripción solicitada
- Descripción autorizada
- Precio unitario USD solicitado
- Precio unitario USD autorizado
- Total USD solicitado
- Total USD autorizado
Partidas mercancía prosec
- Fracción arancelaria Prosec
- Descripción partida prosec
Los datos y requisitos aquí mencionados son de uso exclusivo en la Ventanilla Única.