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miércoles, 14 de noviembre de 2018

¿Cuál es el coste del factoring de exportación?

El coste del factoring para el exportador se compone de tres partidas relacionadas con las funciones que realiza el factor:
1. Gastos de estudio:
Son los gastos que tiene que pagar el exportador por aquellos deudores de los cuales efectúe la cesión de los créditos al factor.
El factor estudiará la solvencia y liquidez del importador, a la vez que mediante la red de corresponsales estudiará la posibilidad de ceder las facturas a un factor en el país del importador.
2. Tipo de interés del anticipo:
El tipo de interés se aplica en el caso de anticipo total o parcial de las facturas cedidas.
Normalmente se cobra un diferencial sobre el tipo de interés variable para el descuento al plazo establecido para la liquidación del factoring.
Por regla general, el factoring es entre uno y dos puntos más caro que el descuento comercial.
El cobro de los intereses se efectúa en el momento de abonar al cedente el importe de las facturas.
3. Comisión de gestión (comisión de factoraje).
La comisión o tarifa de factoraje es un porcentaje que la entidad de factoring cobra al cedente y que está en función del importe de las facturas cedidas.
Asimismo si el importe medio de las facturas es bajo, el número de documentos a cobrar es elevado y de el plazo de cobro se suele cobrar una comisión adicional de manipulación.
Las comisiones son cobradas en el momento de la cesión de las facturas.
Las tarifas no suelen ser fijas sino que dependerán de: modalidad de factoring, volumen de negocio, sector de actividad, volumen de facturas, número de deudores, país deudor, plazo de cobro, etc.
Desde un punto de vista global el factoring es más caro que el descuento comercial, pero presenta para los exportadores una serie de ventajas tales como la reducción de costes de administración y la gestión de cobro de los impagados.
La tarifa de factoraje en el factoring de exportación es la comisión que percibe el factor en concepto de remuneración por los servicios que presta al exportador, a excepción del servicio de investigación-clasificación de deudores del exportador y del servicio de anticipo de fondos.
Asi pues, la tarifa de factoraje constituye el precio de los servicios de administración y cobro de los créditos del exportador y de la asunción del riesgo de insolvencia por el factor (en el factoring sin recurso).
Consiste en un porcentaje sobre el valor de los créditos cedidos y, aunque puede ser objeto de negociación entre factor y exportador, suele oscilar entre un 1´5 y un 3% del importe de las facturas factorizadas. El porcentaje a aplicar depende fundamentalmente de los siguientes extremos:
  • El volumen de ventas (número e importe) a factorizar.
  • El valor medio de las facturas a factorizar.
  • El número de deudores del exportador.
  • Su grado de solvencia y los países donde están localizados.
  • El tipo de factoring contratado (con o sin recurso).
  • La forma y el plazo de pago de las facturas a factorizar.
  • La inclusión (o no) en el contrato de la cláusula de globalidad.
El tipo de interés a aplicar es totalmente negociable y, aunque en particular depende de infinidad de factores, en general no difiere mucho del tipo aplicable en el descuento bancario de efectos comerciales. En ese sentido, y al igual que en el descuento comercial, en el anticipo de fondos del factoring también cabe revisión periódica del tipo de interés aplicable.
Por otra parte, cuando las facturas a factorizar están nominadas en euros, los anticipos se realizan en euros y se les suele aplicar un tipo de interés integrado por el EURIBOR más un diferencial.
Asimismo, cuando las facturas a factorizar están nominadas en divisas distintas del euro, los anticipos se realizan en la divisa nominada en la factura y se les suele aplicar un tipo de interés integrado por el LIBOR más un diferencial.
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/8d82cbc8-916b-4924-827e-3e9cb1644d95