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miércoles, 5 de diciembre de 2018

CERTIFICADO SANITARIO PARA LA EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTARIOS

Finalidad

Inglés: Healht Certificate; Sanitary Certificate, Certificate of soundness.
Francés: Certificado de Santè/ Certificat Sanitaire.

Acreditar que la mercancía incluida en el mismo es apta para el consumo humano y cumple la reglamentación sanitaria.

Certifica la condición sanitaria en la que se encuentra la mercancía exportada. Suele ser obligatorio, en los países que su legislación tienen previsto que a la mercadería le acompañe el mencionado certificado, sin embargo no se hace en ningún caso para las plantas ni animales vivos, ya que en los vegetales la autoridad competente son los servicios Fitosanitarios, y para los animales y productos animales la autoridad competente son los Servicios de sanidad Animal (Veterinario) ambos dependientes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Lo solicita el exportador o productor, que puede o no ser el Exportador.

Las diferentes Consejerías Sanitarias, que lo emiten al estar transferidas las competencias en este campo, a las Comunidades Autónoma.

Es un documento exigido por el comprador y solicitado por el Exportador a las Autoridades Sanitarias competentes.

Los productos se someterán a uno o varios de los siguientes controles: 
- Control documental.
- Control de identidad.
- Control físico.

La normativa vigente es: 
- La Reglamentación Sanitaria.
- Orden 12 de mayo de 1993 (BOE 21 de mayo de 1993)
- Orden 20 de enero de 1994 (BOE 4 de febrero de 1994)

Emisores Competentes

Emitido por Sanidad Exterior (Ministerio de Sanidad).
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/documentos-importacion-exportacion/-/documentos-importacion-exportacion/ab7cc2ee-63dd-47fa-863f-e923a81b7769/8022cfa1-5d7f-4b91-92b0-978de945dd70