Buscar este blog

domingo, 30 de septiembre de 2018

¿Qué se entiende por franquicia en el seguro de transporte internacional?

Es una limitación establecida en la póliza de seguro a favor del asegurador en virtud de la cual ésta satisface indemnización al asegurado a partir de un determinado umbral de daño.
Ejemplo: El transporte de una mercancía está asegurado a todo riesgo con una franquicia de 600 euros. Durante el trayecto, parte de la mercancía se deteriora de forma irreversible. A la llegada de la mercancía a destino, se establece en el peritaje que el valor de la mercancía deteriorada asciende a 3.000 euros. ¿Cuál será el importe de la indemnización a satisfacer por el asegurador al asegurado?
Respuesta: 2.400 euros. (valor de los daños – franquicia establecida en póliza).
Determinadas mercancías, por su propia naturaleza, tienden a sufrir durante su transporte una serie de daños de escasa cuantía que, de cubrirse en póliza, encarecerían en exceso la prima a satisfacer por el asegurado.
Hay que pensar que el asegurador, si cubriera esos daños, se vería obligado a pagar continuadamente siniestros de poca importancia y a asumir gastos de peritaje y de administración, proporcionalmente más elevados que las cuantías de los propios daños. Es fácil imaginar, pues, que la cobertura de esos daños incrementaría significativamente la prima a satisfacer por los asegurados.

https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=179513719791147534#editor/target=post;postID=4467262663508730345