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domingo, 30 de septiembre de 2018

¿Qué se entiende por homologación de contenedores?

El Convenio de Ginebra de 1.972, al que España se adhirió en 1.974, establece la obligatoriedad de comprobar, por parte de las autoridades administrativas nacionales, la seguridad de los contenedores.
Fundamentalmente, deben ser objeto de control administrativo:
  • La estanqueidad de los contenedores.
  • Su resistencia al levantamiento y apilamiento.
En los contenedores ISO también se homologan las medidas anteriores, ya que estos deben ser estándar.
La existencia de la homologación de un contenedor se refleja en la placa de aprobación (o placa de matrícula) conocida como “Aprobación de seguridad CSC”.
En la placa debe hacerse constar:
  • Fecha de fabricación.
  • Número de identificación.
  • Peso bruto máximo.
  • Peso de apilamiento autorizado.
  • Carga autorizada para la prueba de rigidez.
  • Resistencia de las paredes.
  • Fecha del primer examen de conservación.
  • País de aprobación.

http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/01173f18-3a86-4d49-884a-7f0c343a8eda