Deben diferenciarse, por una parte, las declaraciones que deben realizarse ante el Banco de España para el movimiento transfronterizo de capitales, y, por otra parte, los medios de cobro/pago. En este sentido, encontramos, principalmente:
- Declaraciones ante el Banco de España:
- Modelo B1
- Modelo B3
- Documentos de medios de pago:
- Cheque bancario
- Cheque personal
- Crédito documentario
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/13f5a0a0-8711-4f29-bc37-a7276c52ab9c