Los documentos que siempre se solicitan en un crédito documentario, según se recoge en las Reglas y Usos Uniformes para créditos documentarios, revisión 2007, publicación nº 600 de la CCI ("UCP"), son:
- Factura comercial (artículo 18, UCP 600)
- Documentos de seguro y cobertura (artículo 28, UCP 600)
- Documentos de transporte:
- Documento de transporte cubriendo al menos dos modos de transporte (artículo 19, UCP 600)
- Conocimiento de embarque (artículo 20, UCP 600)
- Conocimiento de embarque marítimo no negociable (artículo 21, UCP 600)
- Conocimiento de embarque sujeto a contrato de fletamento (artículo 22, UCP 600)
- Documento de transporte aéreo (artículo 23, UCP 600)
- Documento de transporte por carretera, ferrocarril o vías de navegación interior (artículo 24, UCP 600)
- Resguardo de mensajería (courier), resguardo postal o certificado de envío postal (artículo 25, UCP 600)
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