Esta forma de pago no conlleva una seguridad absoluta en el cobro, por lo que se debería, en todo caso, asegurar la operación con algún seguro tipo CESCE, previo informe comercial.
Otra posibilidad es que la remesa esté formada por documentos comerciales, a ser posible letra de cambio. Si “exigimos” que esta letra de cambio esté avalada por una entidad financiera, a ser posible, o en su defecto por la propia empresa, obtendremos una mayor garantía de cobro.
Otra posibilidad, además del Crédito Documentario, es una remesa documentaria con la aportación de una garantía internacional ejecutable a primera demanda. Con ello se puede cubrir un hipotético impago.
En caso de que el banco no ofrezca confianza, por el hecho de no ser conocido, podría darse el caso de que la garantía no fuese total. Por tanto, la operativa más correcta es la solicitud al comprador de una letra avalada por un banco conocido.
Sin embargo, debe tenerse en cuenta que, en principio, con una letra avalada la garantía es total.
VENTAJAS
|
INCONVENIENTES
| |
PARA EL EXPORTADOR
|
|
|
PARA EL IMPORTADOR
|
|
|
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/f2114d5e-5dc3-407b-9366-0c3074122a48