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sábado, 6 de octubre de 2018

¿Cuáles son los riesgos que se presentan en operaciones con Remesa Documentaria?

Esta forma de pago no conlleva una seguridad absoluta en el cobro, por lo que se debería, en todo caso, asegurar la operación con algún seguro tipo CESCE, previo informe comercial.
Otra posibilidad es que la remesa esté formada por documentos comerciales, a ser posible letra de cambio. Si “exigimos” que esta letra de cambio esté avalada por una entidad financiera, a ser posible, o en su defecto por la propia empresa, obtendremos una mayor garantía de cobro.
Otra posibilidad, además del Crédito Documentario, es una remesa documentaria con la aportación de una garantía internacional ejecutable a primera demanda. Con ello se puede cubrir un hipotético impago.
En caso de que el banco no ofrezca confianza, por el hecho de no ser conocido, podría darse el caso de que la garantía no fuese total. Por tanto, la operativa más correcta es la solicitud al comprador de una letra avalada por un banco conocido.
Sin embargo, debe tenerse en cuenta que, en principio, con una letra avalada la garantía es total.
VENTAJAS
INCONVENIENTES
PARA EL EXPORTADOR
  • Si es a la vista, no se entregarán los documentos cuando la remesa no ha sido pagada.
  • Si es contra aceptación, cuando el importador no reconozca la deuda, no se le entregarán los documentos al comprador.
  • Tiene una mayor facilidad de financiación, ya que la entidad remitente tiene el control de la remesa.
  • En las remesas a la vista, si al importador no le interesa la mercancía, se verá obligado a repatriar la misma o a encontrar otro comprador con la consiguiente merma.
  • Si es con pago aplazado, cuando el importador no atienda el efecto aceptado, no podrá el exportador recuperar la mercancía y deberá ejecutar acciones legales contra el importador.
PARA EL IMPORTADOR
  • Puede revisar la mercancía antes de efectuar el pago si es contra aceptación.
  • En las remesas a la vista, como el pago es anterior a la entrega de la mercancía, cuando no es la pactada no puede recuperar los fondos, sólo demandar al exportador.
Enlaces

http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/f2114d5e-5dc3-407b-9366-0c3074122a48