Por infracción leve (remisión o retraso en el envío de datos y envío de datos incompletos o inexactos, cuando ello no cause perjuicio grave para el servicio administrativo encargado del tratamiento de declaraciones INTRASTAT): multa de 60,10 a 300,50 euros (de 10.000 a 50.000 ptas.).
Por infracción grave (remisión o retraso en el envío de datos, envío de datos incompletos o inexactos y la comisión de una tercera infracción leve): multa de 300,51 a 3005,06 euros (50.001 a 500.000 ptas.).
Por infracción muy grave (suministro de datos falsos, resistencia notoria al envío de datos requeridos y la comisión de una tercera infracción grave): multa de 3005,07 a 30050,60 euros (500.001 a 5.000.000 ptas.).
Infracción tipificada en los artículos 50 y 51 de la Ley 12/89 de la Función estadística pública de 9 de mayo de 1.989 (BOE 11-5-89).
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/2aeecc71-e66c-42f7-892f-f560091ace9f