Es el documento emitido por la Subdirección General de Sanidad Exterior para los productos contenidos en La Orden Ministerial de 20 de enero de 1.994, por la que se fijan las modalidades de control sanitario a productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización. Incluye en su Anexo I la relación de dichos productos, cuando proceden o tienen como destino países no miembros de la Unión Europea.
Productos destinados a uso o consumo humano
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Carne y Despojos Comestibles
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Pescados y Crustáceos, Moluscos y otros Invertebrados Acuáticos
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Leche y Productos Lácteos; Huevos de Ave; Miel Natural; Productos Comestibles de Origen Animal No Expresados Ni Comprendidos en otros Capítulos
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05
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Los demás Productos de Origen Animal No Expresados Ni Comprendidos en otras Partidas
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Legumbres y Hortalizas, Plantas, Raíces y Tubérculos Alimenticios
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Frutos Comestibles; Cortezas de Agrios o Melones
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Café, Té Yerba Mate y Especias
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Cereales
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Productos de la Molinería; Malta; Almidón y Fécula; Inulina; Gluten de Trigo
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Semillas y Frutos Oleaginosos; Semillas y Frutos Diversos; Plantas Industriales o Medicinales; Paja y Forraje
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Gomas, Resinas y demás Jugos y Extractos Vegetales
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Grasas y Aceites Animales o Vegetales; Productos de su Desdoblamiento; Grasas Alimenticias Elaboradas; Ceras de Origen Animal o Vegetal
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Preparaciones de Carne, de Pescado o de Crustáceos, de Moluscos o de otros Invertebrados Acuáticos
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Azúcares y Artículos de Confitería
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Cacao y sus Preparaciones
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Preparaciones a base de Cereales, Harina, Almidón, Fécula o Leche; Productos de Pastelería
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Preparaciones de Legumbres u Hortalizas, de Frutos o de otras partes de Plantas
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Preparaciones Alimenticias Diversas
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Bebidas, Líquidos Alcohólicos y Vinagre
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Tabaco y Sucedáneos del Tabaco, Elaborados
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Sal, Azufre; Tierras y Piedras; Yesos, Cales y Cementos
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Productos Químicos Inorgánicos; Compuestos Inorgánicos de los Metales Preciosos, de los Elementos Radioactivos, de los Metales de las Tierras Raras o de Isótopos
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Productos Químicos Orgánicos
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Productos Farmacéuticos
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Aceites y Resinoides; Preparaciones de Perfumería, de Tocador o de Cosmética
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Materias Albuminoideas; Productos a base de Almidón o de Fécula Modificados; Colas; Enzimas
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Productos Diversos de las Industrias Químicas
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Caucho y Manufacturas de Caucho
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Los demás Artículos Textiles Confeccionados; Conjuntos o Surtidos; Prendería y Trapos
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Instrumentos y Aparatos de Óptica, Fotografía o Cinematografía, de Medida, Control o de Precisión. Instrumentos y Aparatos Medicoquirúrgicos; Partes y Accesorios de estos Instrumentos o Aparatos
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Cabe destacar que existen también certificados específicos para otros productos concretos:
- Certificado SOIVRE: es un justificante emitido por el Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones, formado por los Centros de Inspección de Comercio Exterior. Este Organismo, dependiente en la actualidad del Ministerio de Economía y Hacienda, tiene encomendada, entre otras actuaciones, el expedir los certificados que se derivan de su función. Estos certificados se refieren tanto a la inspección y control de los productos importados, como a la de los de exportación. Entre sus cometidos destacan la inspección de calidad comercial (productos, envases, etiquetado), el examen documental y el control de los productos de importación y exportación.
- Certificado de farmacia: es el documento emitido por la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios para los productos farmacéuticos y los productos cosméticos, tanto a la exportación como a la importación.
- Certificado veterinario: documento expedido por la Subdirección General de Sanidad Exterior en el que se hace constar que la mercancía analizada está exenta de determinadas materias. Se trata, por lo general, de carnes y animales vivos.
- Certificado fitosanitario: es un instrumento de control y lucha contra las plagas. Determinados productos vegetales y otros objetos relacionados con ellos deben ir acompañados de su correspondiente pasaporte fitosanitario en el momento de la importación, en caso contrario no se despachará la mercancía.
- Certificado CITES: es el documento expedido por la Secretaría General de Comercio Exterior a través de los Centros y Unidades Técnicas del Comercio Exterior para el control de las especies silvestres amenazadas. El Convenio CITES ha establecido una red mundial de controles del comercio internacional de especies silvestres amenazadas y de sus productos, imponiendo la utilización de permisos oficiales para este comercio. Para su funcionamiento, el Convenio establece dos órganos:
- La Conferencia de las Partes Contratantes.
- La Secretaría.
Los permisos y certificados son los documentos acreditativos de que las operaciones de importación, exportación o reexportación han sido autorizadas. Estos documentos son emitidos por la Secretaría General de Comercio Exterior a través de los Centros y Unidades Técnicas del Comercio Exterior y deben ser presentados ante las correspondientes aduanas.
Asimismo, la Secretaría General de Comercio Exterior emite certificados de uso comunitario. Estos documentos se emiten para certificar, dentro de la Unión Europea, las excepciones a las prohibiciones que establece el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento (CE) 338/97.
- El Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, más conocido como Convenio CITES (Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora), regula el comercio de especies amenazadas de fauna y flora silvestres y persigue preservar la conservación de las especies mediante el control de su comercio.
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/a91d861c-cab3-404d-857c-25a69e76fd8f