Si a las mercancías de importación se les ha dotado, al despacharlas en libre práctica, de estatuto aduanero comunitario, las mercancías obtenidas en la Unión a partir de las primeras ostentarán asimismo estatuto comunitario.
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/bd44ab95-43cc-4e85-9d6f-6cd6fb7d23b8