Es donde se recogen las disposiciones arancelarias y las de política comercial, según los orígenes, incluyendo arancel y Nomenclatura Combinada.
El TARIC recoge la normativa aplicable a un producto dado cuando éste se importe en el territorio aduanero de la Comunidad o, en determinados casos, sea exportado del mismo.
El TARIC incluye:
• Subdivisiones CEE complementarias, denominadas "subpartidas TARIC", necesarias para la designación de las mercancías que sean objeto de medidas especiales CEE.
• Los tipos de derechos de aduanas y los demás elementos de percepción aplicables.
• Cualquier otro elemento informativo necesario para la aplicación o la gestión de las medidas comunitarias.
Las subpartidas TARIC se identifican mediante una 9ª y 10ª cifras que, juntamente con los 8 dígitos del código NC, formarán los números de código TARIC.
La Convención Internacional del Sistema Armonizado firmado en Bruselas dio origen a la Nomenclatura del Sistema Armonizado (NSA), que es la base internacional para la creación de los sistemas de clasificación de las mercancías. Partiendo de esta base, la Unión Europea crea su propio código, la Nomenclatura Combinada (NC), utilizado para la clasificación de las mercancías en cualquier tipo de intercambio intracomunitario. Si bien no tiene una finalidad recaudatoria, pues en el seno de la Unión Europea existe una unión aduanera y, por tanto, una libertad de movimiento de mercancías, con exención de aranceles, sí que tiene una finalidad estadística. En este sentido, en la presentación de las Declaraciones Intrastat, debe consignarse en la casilla número 13 la naturaleza de la mercancía objeto de la declaración, utilizando como código de clasificación la Nomenclatura Combinada.
La clasificación TARIC toma como punto de partida la Nomenclatura Combinada, añadiéndole subdivisiones (partidas arancelarias) a fin de clasificar las mercancías a importar en el seno de la Unión Europea y determinar los aranceles a la importación aplicables.
Los objetivos del Sistema Armonizado son Ofrecer un sistema completo de clasificación que asegure la uniformidad internacional de una forma racional. Simplificar la clasificación de mercancías, permitiendo resolver los problemas que se suscitaron en nomenclaturas anteriores. Homogeneizar a nivel mundial la clasificación de productos y estadísticas.
Clasificar es lo que se hace cuando se determina el código que corresponde a su mercancía en el Arancel Aduanero Común de la Unión Europea.
Este código está formado por grupos de números separados: cuatro-dos-dos (por ejemplo: 8529.90.81) y dos dígitos más si es a nivel TARIC. La importancia de clasificar correctamente o incorrectamente vendrá dada por las ventajas e inconvenientes que acarrearán respectivamente.
Si usted clasifica correctamente:
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Si usted clasifica incorrectamente:
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No pagará más que el importe exacto de los derechos arancelarios y del IVA.
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Puede tener que pagar el importe de los derechos arancelarios y del IVA,más un interés de demora,como resultado de haber aplicado, en los 3 años anteriores, un porcentaje distinto del que le correspondía.
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Permitirá la buena gestión de las restituciones a la exportación de productos agrícolas, siempre que todas las otras condiciones que deben cumplir dicha operación sean satisfechas.
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Puede acarrearle la imposición de una sanción.
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Contribuirá a la exactitud de las estadísticas de los comercios de importación y de exportación.
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Sus mercancías pueden quedar retenidas en la aduanao incluso pueden tener que ser reexpedidas a otro lugar o ser abandonadas.
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Comprobará si se necesita una licencia o permiso para la importación o la exportación.
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El responsable legal de que la clasificación de sus mercancías sea correcta es usted como importador o exportador, aún cuando utilice a un Agente de Aduanas como representante suyo ante la Aduana.
Si necesitamos una respuesta que nos garantice la clasificación de las mercancías, podemos dirigirnos a la Subdirección General de Gestión Aduanera del Departamento de Aduanas e II.EE de la AEAT y solicitar por escrito información arancelaria vinculante (IAV).
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/0280e886-dd97-4e7c-a2ae-392a69b2da47