Según el artículo 27 de las UCP 600, "un documento de transporte limpio es aquél que no contiene ninguna cláusula o anotación que haga constar de forma expresa el estado defectuoso de las mercancías o su embalaje. No es necesario que el término "limpio" aparezca en el documento de transporte, aun cuando el crédito contenga un requisito de que el documento de transporte deba ser "limpio a bordo".
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/f13c539e-796e-4f02-8705-c62411d23172