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viernes, 5 de octubre de 2018

¿Qué modalidades de orden de pago podemos encontrar?

Las órdenes de pago internacionales las podemos clasificar:
  • Según la entidad pagadora:
    • Directa: Si es el banco emisor o una sucursal de la propia entidad quien abona la orden de pago.
    • Indirecta: Si la entidad emisora utiliza los servicios de otro banco para efectuar el pago.
  • Según se materialice la orden, recibe la denominación de:
    • Orden de entrega: El ordenante ingresa el importe por caja y el beneficiario cobra el importe por caja, previa identificación, y queda obligado a firmar un recibí como comprobante de ejecución de la orden.
    • Orden de abono: El ordenante ingresa el importe por caja en la entidad emisora y la entidad pagadora abona el importe en una cuenta al beneficiario. En este caso, la ejecución de la orden es el abono en la cuenta del beneficiario certificado en los libros de la entidad pagadora.
    • Orden de pago: El ordenante instruye que el importe sea pagado por caja al beneficiario, contra un recibí y previa identificación. El importe habrá sido adeudado por la entidad emisora en la cuenta del ordenante.
    • Traspaso: Cuando se adeuda en cuenta al ordenante y se abona en cuenta al beneficiario todo en la misma entidad.
    • Transferencia: El ordenante da instrucciones a la entidad emisora para que, con cargo en su cuenta, se efectúe el pago en la cuenta que el beneficiario mantiene con la entidad pagadora. En este caso, no existen entregas o recepciones de efectivo ni recibí alguno. La ejecución de la transferencia es certificada por la entidad emisora con el adeudo en la cuenta del ordenante y por la entidad pagadora por el abono efectuado en la cuenta del beneficiario.
Aunque en la forma común hablamos de “orden de pago”, el concepto más utilizado es la “transferencia”.

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