Dentro de las tarifas que regulan las actividades y servicios prestados por las empresas estibadoras distinguimos:
- Las tarifas reguladas por la autoridad portuaria:
- Indican las cantidades máximas que las empresas estibadoras están autorizadas a cobrar en concepto de la diferentes manipulaciones a las que se somete la mercancía a su paso por el muelle.
- Son publicadas en el tablón de anuncios de la autoridad portuaria.
- Las tarifas no reguladas por la autoridad portuaria:
- Referidas a operaciones diversas, las aconseja la ASEM (Asociación de Empresarios de Actividades Marítimas).
- Si bien su aplicación no es de obligado cumplimiento, existe el compromiso de respetarlas por parte de las empresas.
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/6e0e95a8-d7ce-420d-889d-a8fc1011ea72