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viernes, 23 de noviembre de 2018

AVAL DIRECTO PARA PAGOS AL EXTERIOR

Objetivos del contrato
Suelen emplearse para proteger al importador frente a un incumplimiento del vendedor de su obligación de entregar la cosa o realizar el servicio (prestación característica). También para poder acudir a licitaciones internacionales, para garantizar la correcta y total ejecución de una obra, garantizar la realización de la prestación principal tras haber realizado un adelanto del precio pactado y eximir del pago de retenciones al exportador.

Mediante este aval la entidad financiera se compromete a pagar por las obligaciones del cliente ante terceros en casio de que éste no cumpla con ellas.

Características del Contrato
Se trata de una garantía autónoma del contrato principal, instrumentada generalmente mediante un pacto inserto en el contrato principal, si bien pueden figurar en un contrato independiente, en virtud del cual una entidad de crédito actúa como garante y se obliga a pagar la prestación del obligado principal (avalado) desde el momento en que sea requerido por el acreedor, sin oponer excepciones de ningún tipo, ni siquiera la nulidad de la obligación afianzada. Es habitual que se presten a favor de entidades de peso y con solidez financiera, de modo que el pago indebido ofrezca la posibilidad de recuperación. Es la principal diferencia con respecto a las garantías accesorias, donde si es necesario que el beneficiario aporte pruebas del incumplimiento para poder ejecutar la garantía.
Reguladas por las Reglas Uniformes relativas a las Garantías a Primera Demanda, publicadas por la CCI (Cámara de Comercio Internacional) en 1992, nº 458. Dentro de esta figura se incluyen tanto las garantías de licitación (bid bond), de ejecución (performance bond), adelantos y exención de retenciones.
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/contratos-internacionales/-/contratos-internacionales/a64543db-1b27-44b1-9623-e72f805a9e4b