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viernes, 23 de noviembre de 2018

¿Qué indican las Normas Internacionales de Información Financiera en cuanto a contratos de seguros?

Como definición de contrato de seguros se entiende que es un contrato bajo el cual una parte (el asegurador) acepta ciertos riesgos de seguros significativos de otra parte (el tenedor de la póliza o asegurado) acordando compensar al tenedor de la póliza si un evento futuro indeterminado (el evento asegurado) afecta negativamente al tenedor de la póliza
En cuanto a “riesgo de seguros”, la norma indica que no incluye el riesgo financiero (por ejemplo riesgos por cambios en el precio de mercado o la tasa de interés).
La norma aplica a todo tipo de contratos, sin tener en cuenta si la entidad está regulada como un asegurador y si el contrato es considerado como un contrato de seguros para propósitos legales.
En muchos aspectos la NIIF 4 permite a una entidad continuar con la contabilización de contratos de seguros como lo había hecho bajo PCGA anteriores. Sin embargo, la norma realiza algunas mejoras limitadas para la contabilización de contratos de seguros: Están prohibidas las reservas por posibles reclamaciones cuyos contratos no existan a la fecha del balance (reservas para riesgos catastróficos/equalisation provisions). No son pasivos.
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/0803fb86-1b83-47df-98e4-f09d5f125050