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jueves, 22 de noviembre de 2018

¿Qué indica la Norma Internacional de Contabilidad con respecto a la presentación de los estados financieros?

 El término estados financieros se refiere al balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estados de flujo de efectivo, políticas contables aplicadas y notas explicativas.
Los principios contables fundamentales a este respecto son:
  • Empresa en marcha: Normalmente se considera que la empresa continuará sus operaciones y que no tiene intención ni necesidad de liquidarse o reducir sustancialmente sus operaciones.
  • Devengo y materialidad: Los ingresos y costos se acumulan, es decir son reconocidos a media que se devengan o incurren y son registrados en los estados financieros en los periodos a los que se relacionan.
  • Uniformidad de presentación: Se supone que las políticas contables son uniformes de un periodo a otro.
El NIC 1 regula la selección de las políticas contables y forma en que debe informarse de las mismas, la compresión de los activos y pasivos así como ingresos y gastos, y la presentación de la información comparativa.
Esta norma establece la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad en los estados financieros de cualquier organización comercial, industrial o empresarial, así como las interpretaciones (SIC).
Los estados financieros se preparan, con carácter general, de forma anual, y los activos/pasivos se dividen en corrientes/no corrientes.
Esta norma, a su vez, establece los epígrafes que como mínimo deben componer el balance de situación y cuenta de explotación.
Existen diversas interpretaciones SIC relacionadas con esta norma:
  • SIC 8: Aplicación de las NIC por primera vez como base principal de contabilidad: La empresa debe corregir los periodos anteriores, como si los estados financieros hubieran sido preparados de conformidad con las NIC.
  • SIC 18: Las NIC permiten la elección de las políticas contables a aplicar en una empresa, observándose siempre las mismas políticas de un periodo a otro, excepto si las NIF especifican que se pueden utilizar distintas.
  • SIC 29: Un acuerdo de concesión de servicios existe cuando una empresa operadora de la concesión acuerda con otra empresa (el proveedor de la concesión) la prestación de determinados servicios que se basan en prestaciones económicas y sociales a terceros.
Más información en el Reglamento (CE) no 1725/2003 de la comisión  de 29 de septiembre de 2003 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) no 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Reglamento (CE) nº 2238/2004 de la Comisión, de 29 de diciembre de 2004, que modifica el Reglamento (CE) nº 1725/2003 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la NIIF 1, a las NIC números 1 a 10, 12 a 17, 19 a 24, 27 a 38, 40 y 41 y SIC Nos 1 a 7, 11 a 14, 18 a 27 y 30 a 33.
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/45496a1d-774c-406e-abbd-578890c7e8b4