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jueves, 22 de noviembre de 2018

¿Qué indica la Norma Internacional de Contabilidad con respecto a las propiedades, planta y equipo, así como los arrendamientos?

El objetivo de esta Norma (NIC 16) es establecer el tratamiento contable para inmuebles, maquinaria y equipo. Establece pautas para contabilizar los inmuebles, maquinaria y equipo son: el momento en que deben reconocerse los activos, la determinación de su valor y la depreciación que debe reconocerse. Asimismo, el de la NIC 17 es establecer, para los arrendatarios y arrendadores, las políticas contables más apropiadas que deben aplicarse a los contratos de arrendamiento financiero y arrendamiento operativo.

Respuesta detallada
Las propiedades, plantas y equipos son activos de empresa, para usarlos en producción de bienes y servicios, arrendados a terceros o para uso y de los cuales se espera una duración de más de un periodo.
Un activo debe ser reconocido cuando éste reporte a la empresa beneficios económicos futuros y cuando su coste pueda ser cuantificado fidedignamente.
Después de su reconocimiento inicial, los activos materiales deben ser contabilizados según el tratamiento de referencia (coste de adquisición menos amortización acumulada y pérdidas en el valor del activo) o, según el tratamiento alternativo permitido (activo revalorizado menos amortización acumulada sobre el importe revalorizado). En el caso de que se opte por el tratamiento alternativo la revalorización ha de realizarse regularmente.
Los cambios por revalorización en el valor del activo, beneficio o pérdida, se registrarán directamente contra patrimonio excepto cuando el valor contable se reduce por debajo del coste histórico neto de amortización.
Las mejoras en propiedad, planta y equipos se suman a su valor en libro cuando es probable que se generen beneficios económicos futuros en exceso de los ya obtenidos.
Las interpretaciones SIC a esta norma son las siguientes:
SIC 14: Propiedades, Planta y Equipos - Compensaciones por deterioro de valor o pérdida de activos.
Una entidad debe contabilizar separadamente:
  • Las pérdidas por deterioro.
  • Las compensaciones recibidas de terceros.
  • El coste de los activos restaurados.
SIC 23: Propiedades, Plantas y Equipos - Costes de inspecciones mayores y reparaciones generales.
El coste de una inspección mayor o de reparaciones generales debe reconocerse como gasto del ejercicio cuando se produce. No obstante, se permite una excepción cuando la sociedad contabiliza los distintos elementos que componen el activo por separado y amortiza estos en sus respectivas vidas útiles con el fin de reflejar el consumo de sus beneficios asociados.
Más información en el Reglamento (CE) no 1725/2003 de la comisión  de 29 de septiembre de 2003 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) no 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Reglamento (CE) nº 2238/2004 de la Comisión, de 29 de diciembre de 2004, que modifica el Reglamento (CE) nº 1725/2003 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la NIIF 1, a las NIC números 1 a 10, 12 a 17, 19 a 24, 27 a 38, 40 y 41 y SIC Nos 1 a 7, 11 a 14, 18 a 27 y 30 a 33.
Los contratos de arrendamiento pueden ser financieros u operativos. Este hecho depende más de la sustancia del contrato que de su forma legal.
En el arrendamiento financiero, el arrendatario utiliza el bien durante la mayor parte de su vida útil asumiendo todos los riesgos, a cambio de la obligación de pagar al arrendador por este derecho. El arrendamiento operativo es aquel que no responde a la definición anterior.
En la contabilización por parte del arrendatario se reconoce el activo y el pasivo. Se toma el valor menor entre el valor actual de los pagos futuros y el valor razonable del activo. El procedimiento de  amortización es el similar al de los bienes en propiedad. Los pagos se compondrán de los intereses y la reducción del principal.
En cuanto al arrendador, reconocerá la cuenta a cobrar por n importe equivalente a la inversión neta en el arrendamiento, y registrará los intereses en base a una tasa constante de retorno de la inversión neta del arrendador.
Más información en el Reglamento (CE) no 1725/2003 de la comisión  de 29 de septiembre de 2003 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) no 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Reglamento (CE) nº 2238/2004 de la Comisión, de 29 de diciembre de 2004, que modifica el Reglamento (CE) nº 1725/2003 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la NIIF 1, a las NIC números 1 a 10, 12 a 17, 19 a 24, 27 a 38, 40 y 41 y SIC Nos 1 a 7, 11 a 14, 18 a 27 y 30 a 33.
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/e9fd9e4c-7d79-4a01-a8bc-b5c197ec6f12