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sábado, 2 de mayo de 2015

EXW (Ex Works)


“En fábrica” significa que el exportador realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del importador en el establecimiento del exportador o en otro lugar convenido (es decir, taller, fábrica, almacén, etc.), sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor.
 Conlleva obligaciones mínimas para el exportador, y máxima asunción de costes y riesgos por parte del importador.
 Para las operaciones de comercio exterior es más apropiado el uso de FCA.
PRINCIPALES OBLIGACIONES:
Para el exportador
- Entregar la mercancía y la factura comercial de acuerdo con el contrato de compraventa
- Verificar, embalar y marcar (si procede) la mercancía.
- Dar aviso al importador de que puede recoger la mercancía.
- Prestar apoyo y proveer de información y documentación al importador, a petición y por cuenta y riesgo de éste, para que pueda llevar la mercancía a destino.
Para el importador
- Pagar el precio establecido en el contrato de compraventa
- Obtener, si procede y así lo estima oportuno, las licencias de exportación e importación y otras autorizaciones necesarias; y realizar las inspecciones previas al embarque que sean obligatorias.
- Avisar al exportador de la fecha concreta y/o lugar específico de recepción de la mercancía, de forma oportuna y cuando proceda determinarlos.
- Recepción de la mercancía cuando se produzca el aviso y entrega de la misma por parte del exportador. Y entregar al exportador alguna prueba de dicha recepción