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sábado, 2 de mayo de 2015

Términos eliminados en la versión 2010 1 DAF (Delivered At Frontier)

“Entregada en Frontera” significa que el exportador realiza la entrega cuando la
mercancía es puesta a disposición del importador sobre los medios de transporte
utilizados y no descargada, en el punto y lugar de la frontera convenidos, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante, debiendo estar la mercancía despachada a la exportación pero no a la importación.
El término “frontera” puede usarse para cualquier frontera, incluida la del país de
exportación.
 Es de vital importancia que se defina exactamente la frontera en cuestión,
designando siempre el punto y el lugar convenidos a continuación del término
DAF.
 Si las partes, exportador e importador, desean que el exportador se responsabilice de la descarga de la mercancía de los medios de transporte utilizados y asuma los riesgos y costes de descarga, deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa.
 Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte cuando la mercancía deba entregarse en una frontera terrestre.
 Cuando la entrega de la mercancía deba tener lugar en el puerto de destino, a
bordo de un buque o en un muelle (desembarcadero), deben usarse los términos
DES o DEQ.
PRINCIPALES OBLIGACIONES:
Para el exportador
- Entregar la mercancía y la factura comercial de acuerdo con el contrato de compraventa.
- Obtener las licencias / autorizaciones necesarias para exportar y transportar la mercancía, si procede.
- Verificar, embalar, marcar y realizar las inspecciones pre-embarque establecidas como  obligatorias por las autoridades de su país (del exportador).
- Realizar los trámites aduaneros para exportar y transportar la mercancía hasta el país de destino, si procede.
- Contratar el transporte de la mercancía hasta el lugar/punto de entrega en la frontera. Si lo solicita el importador, el exportador puede (en caso de negativa, avisará oportunamente de ello al importador) concertar el contrato en las condiciones usuales, por cuenta y riesgo del primero, para el transporte sucesivo de la mercancía más allá del lugar acordado en la frontera y hasta el destino final en el país de importación designado por el importador.
- Proporcionar al importador el documento usual u otra prueba de la entrega de la mercancía en el lugar convenido. Si las partes han acordado el transporte sucesivo más allá de la frontera, suministrar al importador, por cuenta y riesgo de éste, el documento de transporte de puerta a puerta, normalmente obtenido en el país de expedición, que cubra, en las condiciones usuales, el transporte de la mercancía desde el punto de envío en ese país hasta el lugar de destino final en el país de importación designado por el importador.
- Facilitar información al importador, por cuenta y riesgo de éste, para la contratación del seguro.
- Dar todo aviso necesario al importador para que pueda tomar las medidas oportunas para la recepción de la mercancía.
- Ayudar al importador en la obtención de la información necesaria para la importación y transporte de la mercancía hasta destino; todo ello por cuenta y riesgo del importador.
Para el importador
- Pagar el precio establecido en el contrato de compraventa.
- Obtener, si procede, las licencias de importación y otras autorizaciones necesarias. Asimismo, ha de pagar las inspecciones pre-embarque obligatorias, salvo si la obligatoriedad es establecida por las autoridades del país del exportador.
- Llevar a cabo los trámites aduaneros necesarios para importar la mercancía.
- Avisar al exportador sobre el momento y el punto de recogida de la mercancía en el lugar convenido, de forma oportuna y cuando proceda determinarlos.
- Aceptar el documento de transporte y/u otra prueba de la entrega suministrado por el exportador para poder recoger la mercancía.
- Recibir la mercancía cuando haya sido entregada en el lugar / punto de la frontera.
- Ayudar, si procede y de forma oportuna, al exportador (a petición y por cuenta de éste) para que obtenga la información y los documentos necesarios para el transporte y exportación de la mercancía.