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viernes, 9 de noviembre de 2018

¿Cuáles son los tipos de leasing?

Financiero: es el leasing propiamente dicho y el más utilizado. En este tipo de operaciones intervienen tres personas: el usuario o arrendatario, que tendrá el derecho de uso del bien; la sociedad de leasing o arrendador, que adquiere el bien que necesita el usuario y se lo cede por un periodo de tiempo determinado con opción a compra, y, finalmente, el proveedor, que vende el bien a la sociedad de leasing para que lo ceda al usuario. Puede darse para financiar bienes muebles (mobiliario) y bienes inmuebles (inmobiliario).
En el leasing financiero la finalidad del arrendador no es vender bienes, sino prestar un servicio financiero.
Existen dos tipos de leasing financiero: leasing financiero mobiliario y leasing financiero inmobiliario.
Leasing financiero mobiliario: destinado a la financiación de bienes de equipo, maquinaria, elementos de transporte, material informático, equipos médicos, etc.
La duración mínima de este tipo de contrato es de dos años.
Leasing financiero inmobiliario: destinado a la financiación de naves industriales, locales comerciales, oficinas, despachos, etc. La duración mínima de este tipo de contratos es de diez años.
En todo caso, se trate de leasing mobiliario o inmobiliario, tanto los bienes muebles como inmuebles deben ir destinados a una actividad productiva con fines agrarios, industriales, comerciales, profesionales o de servicios. Los bienes objeto de leasing (muebles o inmuebles) deben quedar afectos obligatoriamente a la actividad empresarial o profesional del arrendatario. Así, por ejemplo, aunque en otros países europeos se pueden financiar viviendas mediante el leasing, la legislación española no permite todavía este tipo de operación inmobiliaria.
Operativo: es un tipo de leasing de plazos cortos, entre uno y tres años, y tiene valores residuales más altos que los del leasing financiero, lo que conlleva que normalmente no se ejerza la opción de compra. El arrendador amortiza el bien tras haberlo cedido en varias operaciones. Frecuentemente, se constituye entre un proveedor y un cliente. Es el fabricante o distribuidor quien ofrece al usuario la posibilidad de financiar un bien a través del alquiler con opción de compra al término del contrato. En este tipo de operaciones, encaminadas a la promoción de ventas, es el arrendador quien soporta la mayor parte de los riesgos técnicos y financieros. Se utiliza únicamente en la financiación de bienes muebles.
Leasing con apalancamiento financiero: además del arrendatario y el arrendador, en esta modalidad de leasing interviene un prestamista a largo plazo que contribuye a la operación con el 80 por ciento del valor de la misma.
Leasing indirecto: en este tipo de leasing el vendedor de un producto (como por ejemplo, un fabricante de bienes de equipo), es el que pone en contacto a arrendatario y arrendador para que realicen el contrato de leasing.
Lease-back o retroleasing: en esta modalidad el propietario de un bien lo vende a una sociedad de leasing, obtiene liquidez y sigue utilizando el bien como arrendatario, a cambio de una renta periódica en concepto de arrendamiento. A la finalización del contrato, el antiguo propietario (ahora arrendatario) puede ejercer la opción de compra y volver a convertirse en propietario del bien.
El leasing financiero es promovido por las sociedades de leasing (empresas financieras) con el objeto de prestar sus servicios financieros. El leasing operativo es promovido por las empresas fabricantes o distribuidoras con el objeto de promocionar sus ventas. Ambas figuras se diferencian también en:
  • La identidad del arrendador:
    • Fabricantes, distribuidores, importadores y empresas especializadas, en el leasing operativo
    • Empresas financieras en el leasing financiero.
  • La duración habitual del contrato:
    • De 1 a 3 años en el leasing operativo.
    • De 3 a 5 años, en el leasing financiero material.
  • La revocabilidad del contrato:
    • Revocable por el arrendatario con previo aviso al arrendador, en el leasing operativo.
    • Irrevocable en el leasing financiero.
  • El pago de los gastos de reparación y mantenimiento del bien objeto de leasing:
    • Gastos a cargo del arrendador, en el leasing operativo.
    • Gastos a cargo del arrendatario, en el leasing financiero.
  • La asunción de riesgos técnicos y de obsolescencia del bien:
    • Riesgo por cuenta del arrendador, en el leasing operativo.
    • Riesgo por cuenta del arrendatario, en el leasing financiero.
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/a48a6650-7e94-460c-80fe-a2f1277d1569