Desde un punto de vista estricto, debería considerarse como el canon periódico, pero en muchas franquicias, debido a que está especialmente regulado y a que dependerá de que se haya realizado la campaña de publicidad, se diferencia del royalty.
Un ejemplo clásico es el caso de COCACOLA, en que la franquiciadora efectúa la campaña publicitaria y los franquiciados la pagan.
Es muy común en tales casos que las campañas de publicidad sean homogéneas en todas las partes del país o en todos los países. Ello es así desde un punto de vista financiero y de ahorro de costes, y también para homogeneizar la imagen corporativa de todos los franquiciados.
La imagen corporativa es una derivación de la importancia de la marca y de los distintos elementos de la propiedad industrial que se sustenta con autonomía propia en la mayoría de contratos de franquicia como una obligación que tiene el franquiciado de respetar una serie de parámetros más o menos detallados relativos a la proyección frente al exterior de la franquicia.
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