Sí. Resulta recomendable exigir a los agentes comerciales la presentación periódica (mensual) de un informe sobre las circunstancias del mercado en el que operan.
Dicho informe debe recoger fundamentalmente:
- Las tendencias del mercado.
- Los productos y servicios comercializados por la competencia.
- Algunas sugerencias sobre nuevos productos.
- Las futuras expectativas de venta.
- Los cambios producidos en la legislación comercial
En algunos contratos también se exige a los agentes comerciales la presentación periódica (semanal o quincenal) de los llamados "informes de actividad" (visitas y gestiones realizadas con los clientes). En todo caso, la exigencia de dicho informe choca frontalmente con la libertad en la organización del trabajo que caracteriza a la figura del agente comercial.
Del mismo modo, los principales deben informar periódicamente a sus agentes comerciales en materia de:
- Cambios de precios, de plazos de pago, de formas de envío, de condiciones de entrega, de procedimientos de tramitación de pedidos, etc.
- Adaptación de productos existentes.
- Lanzamiento de nuevos productos.
Dichas informaciones deben ser proporcionadas a los agentes comerciales con la suficiente antelación.
Enlaces
http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/960ced03-bea6-4583-b034-d91dd3ad1bc3