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miércoles, 17 de octubre de 2018

¿Cuál debe ser el proceso documental de las ventas de vino a particulares dentro y fuera de la Unión Europea?

Cuando el elaborador del producto vende directamente a un particular dentro de la Unión Europea, no será necesario solicitar el CAE de venta a distancia, pero sí tener constituida una garantía global para envíos intracomunitarios. La mercancía estará en régimen suspensivo de pago de impuestos y los productos viajarán con un documento de acompañamiento (modelo 500).
Será necesario que el exportador lleve una contabilidad de existencias y/o un libro de cuentas. En el Estado de destino de las expediciones el exportador deberá nombrar un representante fiscal que esté inscrito ante la autoridad de impuestos especiales del país de destino.
El procedimiento a seguir en las ventas a distancia a particulares de países fuera de la Unión Europea de productos sometidos a impuestos especiales como el vino la mercancía, hasta llegar a la aduana, estará en régimen suspensivo de pago de impuestos y los productos viajarán con un documento de acompañamiento. Dado que no existe devengo del impuesto, no hay solicitud de devolución.

http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/d96305cc-ef9b-4403-ae88-505ee162a85e