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miércoles, 17 de octubre de 2018

¿Quién y cómo se ha de cumplimentar el modelo B3?

Los pagos y cobros en efectivo que un residente efectúe a un no residente o reciba de un no residente superiores a 6.010,12 euros,(1.000.000 de pesetas), deberán ser declarados por el residente en el modelo B3.
El modelo B3 se obtendrá en una entidad registrada o en el Banco de España, y deberá ser cumplimentado en todos sus apartados y firmado por el residente pagador o cobrador del efectivo.
Los datos que tiene el B3 son:
  • Nombre, razón social, domicilio y NIF del residente
  • Nombre, domicilio y NIF, pasaporte o documento equivalente del no residente
  • Concepto de la operación
  • Indicación de la importación o exportación del efectivo por la frontera.
El documento se entregará a una entidad registrada, la cual diligenciará el citado documento, devolviendo los ejemplares 1 y 3 al presentador residente, y quedando en su poder los ejemplares 2 y 4.
El residente entregará el ejemplar 3 al no residente, quedando en su poder el ejemplar 1 como justificante de la declaración.
Enlaces

http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/c5fef584-ab21-49df-a5e5-6beb2d8c0cdd