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domingo, 14 de octubre de 2018

¿Cuáles son las características del resguardo de mensajero y de correos para el crédito documentario?

Según se indica en las Reglas y Usos Uniformes para créditos documentarios, revisión 2007, publicación nº 600 de la CCI ("UCP"), artículo 25:
a.       Un resguardo de mensajería, cualesquiera que sea su denominación, que evidencie la recepción de mercancías para transportar, debe aparentemente:
1.       Indicar el nombre del servicio de mensajería y estar sellado o firmado por el servicio de mensajería designado, en el lugar desde donde el crédito estipule que las mercancías deben ser expedidas; e
2.       Indicar una fecha de recogida o de recepción o expresión al efecto. Esta fecha será considerada como la fecha de embarque.
b.      Una condición de que los gastos de mensajería deben ser pagados o pagados por adelantado puede quedar satisfecha por un documento de transporte emitido por un servicio de mensajería que evidencie que los gastos de mensajería son por cuenta de una parte distinta del consignatario.
c.       Un  resguardo postal o certificado de envío postal, cualquiera que sea su denominación, que evidencie recepción de mercancías para transportar, aparentemente debe estar sellado o firmado y fechado en el lugar desde donde el crédito estipule que la mercancía debe ser expedida. Esta fecha será considerada como la fecha de embarque.

http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/d28cdecb-9d0b-42eb-ae0b-e29dad2edc4b