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sábado, 13 de octubre de 2018

¿El transportista está obligado a entregar al expedidor una copia del CMR en los tránsitos comunitarios?

El expedidor debe tener en custodia el documento de carga de la mercancía, que se corresponde con uno de los originales del CMR, compuesto de tres originales y repartidos del siguiente modo: uno para el exportador –queda en custodia-, que confirma la recogida y condiciones; un segundo para el importador, que confirma la entrega, y un tercero para el transportista, que confirma la concreción del contrato de transporte y facturación por la labor realizada.
El CMR debe estar firmado tanto por el transportista como por el expedidor de la mercancía y dejará constancia de que se ha realizado la recogida, indicando el número de bultos, pesos y, según se estime, algunas indicaciones específicas para la “no entrega”, si no se cumpliesen las condiciones.

http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/preguntas-comercio-exterior/-/preguntas-comercio-exterior/f6193049-4713-46a6-a770-df09a6fac1cf