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miércoles, 17 de octubre de 2018

¿Cuáles son las características básicas operativas del seguro de crédito a la exportación?

El proceso operativo para la contratación del seguro de crédito a la exportación no difiere de la contratación de un seguro de otras características por parte de la empresa.
Se procederá a analizar los riesgos que pueden existir en la operación planteada, se expondrán a la compañía aseguradora y ésta recomendará un tipo de seguro y póliza, flotante o por operación, de forma informativa.
Si el asegurado desea un estudio pormenorizado, cumplimentará la solicitud de condiciones que entregará al CESCE, donde indicará las características del seguro que desea contratar de acuerdo con la información recibida anteriormente, así como los riesgos que se quiere cubrir. Esta solicitud de condiciones no obliga al exportador.
El asegurador, una vez analizado el riesgo y calculada la prima de la operación, está obligado a presentar oficialmente una proposición de seguro donde se indique el alcance y costes del seguro correspondiente a la solicitud presentada. Esta propuesta es vinculante para el asegurador por un plazo de quince días.
Aceptadas las condiciones por ambas partes, se procede a la suscripción de la póliza correspondiente, que será el documento que acredite el contrato de seguro, excepto en el caso de pólizas flotantes, que podrán expedir un certificado de seguro para cada operación.
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